El MITECO ha sacado a información pública el proyecto de orden por la que se aprueban las bases reguladoras y programas de incentivos para la concesión de ayudas a proyectos singulares de instalaciones de biogás, así como el proyecto de resolución para una primera convocatoria.

 

El apoyo económico, enmarcado en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), se especificará en cada convocatoria y se destinará a actuaciones de aprovechamiento energético de residuos orgánicos que potencien la economía circular. Además de factores económicos y tecnológicos, se valorará el impacto positivo en zonas de Transición Justa y Reto Demográfico, así como en comunidades energéticas y pymes, entre otros.

El Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE) se encargará de gestionar estas ayudas, que se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva y se instrumentarán como una subvención a percibir por el beneficiario, con carácter definitivo, una vez se verifique la ejecución del proyecto y se acrediten los costes subvencionables incurridos.

 

¿Qué proyectos serán beneficiarios de subvención?

 

Serán subvencionables aquellos proyectos singulares de instalaciones de biogás de todo el territorio nacional que contribuyan a descarbonizar distintos sectores de la economía y que permitan aumentar la protección medioambiental y la consecución de los objetivos fijados en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030 y la Estrategia Energética a Largo Plazo 2050. Tendrán que contemplar una o varias de las actuaciones siguientes:

 

  •       Producción de biogás mediante digestión anaerobia.
  •       Producción de calor, generación de energía eléctrica, cogeneración, o producción de biometano.
  •       Tratamiento del digerido.

 

El importe de la ayudas a conceder se determinará en las convocatorias y, para el caso de actividades económicas, de acuerdo a las intensidades y límites establecidos para cada tipo de beneficiario por el Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 (RGEC).

 

¿Cuáles son los criterios de valoración?

 

Los proyectos deberán estar finalizados antes del 31 de diciembre de 2025 y tendrán que respetar el principio de “no causar un daño significativo” al medioambiente. Además, en la evaluación de las solicitudes se tendrán en cuenta los siguientes criterios de valoración:

 

  •       Criterio económico: en función de la reducción de subvención indicada por el solicitante.
  •       Criterio tecnológico: en función de las tipologías y tipos de aplicación.
  •       Externalidades: se valorarán, entre otras, el impacto positivo en zonas de Transición Justa y Reto  Demográfico, comunidades de energías renovables, entidades públicas o pymes, así como el impacto social y de género.

 

Dado el carácter incentivador de las ayudas solo se admitirán proyectos cuya ejecución no se haya iniciado con anterioridad a la solicitud de la ayuda.

 

Los beneficios del biogás

 

Los gases de origen renovable forman parte de la solución para alcanzar la neutralidad climática en 2050 y contribuyen a la consecución de los objetivos de reducción de emisiones y de penetración de energías renovables propuestos para España en el año 2030.

Asimismo, el despliegue del biogás presenta numerosos beneficios medioambientales y  permite crear sinergias con las industrias locales mediante  su  uso  en localizaciones cercanas a su producción.

Por ello, contribuye a conseguir objetivos planteados en políticas transversales del Gobierno de España, como el desarrollo de la economía circular, el Reto Demográfico y la Transición Energética Justa e Inclusiva.

 

Fuente: MITECO