
La Comisión decidió llevar a Italia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no cumplir íntegramente una sentencia del Tribunal del 10 de abril de 2014 sobre el tratamiento de aguas residuales urbanas. En ese momento, el Tribunal determinó que Italia había incumplido sus obligaciones en virtud de la Directiva de tratamiento de aguas residuales urbanas (Directiva del Consejo 91/271/CEE) ya que 41 aglomeraciones no se aseguraron de que las aguas residuales urbanas se recolectaran y trataran adecuadamente.
A pesar de los avances significativos realizados, las aguas residuales urbanas aún no se tratan adecuadamente en cinco aglomeraciones, una en la región del Valle de Aosta y cuatro en Sicilia. La falta de sistemas adecuados de tratamiento de aguas residuales para estas cinco aglomeraciones plantea riesgos significativos para la salud humana, las aguas continentales y el medio ambiente marino en las áreas ambientalmente sensibles en las que se descargan las aguas sin tratar.
A pesar de la carta de notificación formal en virtud del artículo 260, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la UE enviada por la Comisión a Italia el 17 de mayo de 2018, aún no se ha alcanzado el cumplimiento en las cinco aglomeraciones antes mencionadas. Sobre la base de la información transmitida por las autoridades italianas, el pleno cumplimiento de la sentencia de 10 de abril de 2014 no se alcanzará antes de 2027. Italia debería haber garantizado el cumplimiento de la Directiva sobre el tratamiento de aguas residuales urbanas desde el 31 de diciembre de 1998. Esta segunda remisión al Tribunal puede dar lugar a la imposición de sanciones pecuniarias a Italia, teniendo en cuenta la gravedad de la infracción y su duración.
La plena aplicación de las normas establecidas en la legislación de la UE es esencial para la protección de la salud humana y del medio ambiente natural. El Pacto Verde Europeo establece una ambición de Contaminación Cero para la UE.
Fuente: Comisión Europea
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