• La necesidad de adaptar la gestión del agua al nuevo escenario climático y necesidades sociales cambiantes lleva al Gobierno a abrir la consulta pública de la modificación de la Ley de Aguas que deberá aprobarse antes de mediados de 2023

 

En los últimos 20 años la realidad social y climática de España ha cambiado y con ellas urge una adaptación de la Ley de Aguas para garantizar la seguridad hídrica en cantidad y calidad cambiando la Ley de Aguas de 2001 que rige la normativa marco de uno de los recursos más castigados por el cambio climático y el desarrollo socioeconómico nacional.

Panorama actual

De ahí que hasta el próximo 22 de agosto el Ministerio de Transición Ecológica mantenga abierto el plazo de consulta pública con carácter previo a la realización del nuevo texto normativo para recabar la opinión de los potencialmente afectados a partir de las cuales se publicará un primer borrador de la propuesta del anteproyecto de ley, que se someterá formalmente a un trámite de audiencia e información pública en el que cualquier ciudadano podrá participar.

El proyecto de modificación del texto refundido de la Ley de Aguas deberá completarse a mediados de 2023 y en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia PRTR, se centrará en la recuperación del coste de las inversiones relacionadas con los vertidos urbanos, su recogida y tratamiento, además de la integración de la reglamentación europea sobre reutilización de aguas residuales regeneradas.

Al mismo tiempo, en el cambio legislativo, el MITECO señala que también podrán afrontar otros temas sobre los que exista el suficiente nivel de acuerdo y maduración y de los que se dará cuenta en la próxima sesión del Consejo Nacional del Agua que tendrá lugar una vez pasado el verano.

Plena incorporación de la reutilización y la desalación en la Ley de Aguas

Desde el año 2001 en que se aprobó el Texto Refundido de la Ley de Aguas, mediante Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, la sociedad y el contexto en el que ésta se desenvuelve han sufrido numerosas transformaciones de diferente consideración que hacen necesaria la adaptación de la citada norma en determinados aspectos concretos para su acomodación a las nuevas exigencias sociales y medioambientales.

Por otra lado, tras la pandemia sufrida por la COVID-19, para recibir apoyo financiero en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, los Estados miembros de la Unión Europea han elaborado planes nacionales de recuperación y resiliencia.

En este sentido, España se comprometió con la Unión Europea a llevar a cabo una reforma del Texto Refundido de la Ley de Aguas para incluir una modificación del canon de control de vertidos de aguas residuales y del sistema de recuperación de los costes de las infraestructuras hídricas en consonancia con los principios de «quien contamina paga» y de «recuperación de costes». Con el objetivo de mejorar el control y la protección de las masas de agua, incluidas las aguas subterráneas, y dar respuesta a los aspectos relacionados con la sequía y la escasez, la plena incorporación de los recursos no convencionales de tanta importancia y necesidad en un contexto de cambio climático.

Junto a ellos se encuentran en estudio varios aspectos tales como precisar el funcionamiento y atribuciones de diferentes órganos de gestión y cooperación relacionados con las aguas, la conveniencia de dotar de rango legal la figura de las entidades colaboradoras de la Administración del Agua y, en el mismo sentido, recoger en la ley la gestión del riesgo de inundaciones.

El nuevo texto legislativo deberá precisar el régimen jurídico de los caudales ecológicos, el de la utilización de los bienes de dominio público hidráulico, el control de caudales efectivamente utilizados o retornados, el régimen jurídico de las comunidades de usuarios, el régimen jurídico de las aguas regeneradas, determinados aspectos del régimen económico financiero y la modificación del régimen sancionador, entre otros.

Una nueva gobernanza para el agua

Asimismo, el tiempo transcurrido desde su aprobación hace ya más de dos décadas han puesto de manifiesto algunas carencias de la regulación legal que es preciso solventar. Entre otras pueden citarse, las relativas a la necesaria modernización de la Administración del Agua, la adecuada agilidad en la resolución de los expedientes para otorgar derechos o autorizar actividades.

En definitiva, se trabaja en un conjunto de aspectos y materias con la finalidad de dotar a las aguas continentales y a las Administraciones responsables de su gestión de los mecanismos y herramientas más adecuadas para su protección. Haciendo ésta compatible con la satisfacción de las necesidades de la sociedad que ha de adaptarse a un contexto de cambio climático de manera responsable.

Consiste en cumplir con los objetivos previstos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de reformar el Texto Refundido de la Ley de Aguas para modificar el canon de control de vertidos de las aguas residuales y del sistema de recuperación de los costes de las infraestructuras hídricas. A la vez que se aprovecha la oportunidad de abordar otros problemas que afectan a los recursos hídricos, a su gestión y aprovechamiento.

La nueva Ley de Aguas se enmarca en la recientemente aprobada Estrategia de transición hídrica plasmada en las Orientaciones Estratégicas sobre Agua y Cambio Climático. Un documento clave previsto por la Ley de Cambio Climático para establecer directrices y medidas en planificación y gestión del agua en España que incrementen la resiliencia del país frente al calentamiento global, con un horizonte temporal que mira al año 2030.

Entre las medidas planteadas destacan la recuperación, restauración y protección de los ríos, lagos, acuíferos, y zonas húmedas, el incremento de la seguridad hídrica, la mejora del saneamiento y depuración en las aglomeraciones urbanas; la lucha frente a la contaminación difusa o el avance en la gestión del riesgo de inundaciones o sequías.

Asimismo, el documento apuesta por reforzar la financiación de las administraciones hidráulicas o por impulsar la agenda internacional del agua.

Estas líneas de acción se completarán con el impulso de las nuevas tecnologías, las actividades económicas sostenibles y la construcción de un modelo de gobernanza del agua transparente, equitativo y participativo.

 

Fuente: MITECO